Herramienta gratuita
El crédito de formación es la cantidad que tu empresa puede bonificarse cada año en sus cotizaciones a la Seguridad Social por formar a su plantilla. Se calcula aplicando un porcentaje, que depende del tamaño de la plantilla, a lo que la empresa cotizó por formación profesional el año anterior.
La cuota de formación profesional es del 0,70 % de las bases de cotización: 0,60 % a cargo de la empresa y 0,10 % a cargo del trabajador. Además, todas las empresas que cotizan por formación profesional disponen de un crédito mínimo de 420 € al año, sea cual sea su tamaño.
A partir de 6 trabajadores, la empresa debe aportar una parte del coste de la formación (cofinanciación privada). Si la formación se hace en horario laboral, el coste salarial de esas horas cuenta como cofinanciación. Te lo explicamos con detalle en curso de inglés bonificado por FUNDAE.
| Trabajadores | Crédito | Cofinanciación |
|---|---|---|
| 1 a 5 | 100 % | No obligatoria |
| 6 a 9 | 100 % | 5 % |
| 10 a 49 | 75 % | 10 % |
| 50 a 249 | 60 % | 20 % |
| 250 o más | 50 % | 40 % |
Porcentaje de crédito sobre lo cotizado por formación profesional y cofinanciación privada mínima según plantilla. Fuente: FUNDAE.
Nueva
Si tu empresa se ha creado este año, el crédito es de 65 € por cada trabajador del primer boletín de cotización.
Centros
El crédito aumenta en 65 € por cada trabajador nuevo incorporado al centro que se abre.
Plazo
Con carácter general, el crédito que no se usa dentro del año se pierde. Las empresas de menos de 50 trabajadores pueden reservarlo.
Ejemplo
Con una masa salarial de 900.000 € el año anterior.
En la aplicación de FUNDAE, accediendo con el certificado digital de la empresa. Si nos lo encargas, lo consultamos nosotros y te enviamos el estudio con el crédito disponible.
Con carácter general, no: el crédito que no se utiliza dentro del ejercicio se pierde. Las empresas de menos de 50 trabajadores pueden solicitar reservarlo para ejercicios siguientes.
La empresa asume la diferencia. Por eso diseñamos los formatos de inglés para que encajen con el crédito disponible.
No es un coste bonificable, pero si la formación se hace en horario laboral, el coste salarial de esas horas cuenta como cofinanciación privada de la empresa.
Sí. La empresa paga la formación y, una vez comunicada su finalización, aplica la bonificación descontándola de sus cotizaciones a la Seguridad Social.
